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10 de enero de 2026
5 min de lectura
AppTiempo

Intereses de cesantías: paso a paso para no equivocarte

¿Sabías que si no pagas los intereses de cesantías a tiempo puedes terminar pagando una indemnización de un día de salario por cada día de retraso? Aquí te dejo el paso a paso completo para que no te equivoques.

Paso 1: Identifica a quiénes debes pagar

Debes pagar intereses de cesantías a todos los empleados que:

  • Tengan contrato laboral (término fijo o indefinido)
  • Hayan trabajado al menos un día en 2025
  • No sean contratistas o prestadores de servicios

Paso 2: Calcula las cesantías de cada empleado

Las cesantías se calculan así:

Cesantías = (Salario mensual + Auxilio transporte) x Días trabajados / 360

Recuerda incluir en el salario:

  • Salario básico
  • Comisiones
  • Bonificaciones habituales
  • Horas extras promedio
  • Recargos habituales

Paso 3: Aplica la fórmula de intereses

Intereses = Cesantías x 12% x Días trabajados / 360

Ejemplo paso a paso

Empleada María:

  • Salario: $2.500.000
  • Auxilio transporte: $0 (gana más de 2 SMLMV)
  • Ingresó: 15 de abril de 2025
  • Días trabajados: 261 días

Cesantías de María:

($2.500.000 x 261) / 360 = $1.812.500

Intereses de María:

($1.812.500 x 12% x 261) / 360 = $157.687,50

Paso 4: Paga antes del 31 de enero

Los intereses se pagan directamente al empleado, no al fondo de cesantías. Puedes:

  • Incluirlos en la nómina de enero
  • Hacer una transferencia separada
  • Pagar en efectivo (con soporte firmado)

Paso 5: Conserva los soportes

Guarda durante 5 años:

  • Comprobante de pago (volante de nómina o transferencia)
  • Cálculo detallado de cada empleado
  • Firma del empleado si el pago fue en efectivo

Errores que te pueden costar caro

  1. Olvidar empleados nuevos: Aunque hayan trabajado pocos días, tienen derecho a intereses proporcionales
  2. No incluir salario variable: Comisiones, bonos y recargos hacen parte de la base
  3. Confundir fechas: Los intereses de 2025 se pagan máximo el 31 de enero de 2026
  4. Pagar al fondo: Los intereses van al empleado, no al fondo de cesantías

¿Qué pasa si pago tarde?

Según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador que no pague los intereses a tiempo debe pagar:

Indemnización = Un día de salario por cada día de mora

Si María gana $2.500.000 mensuales y le pagas 15 días tarde:

Día de salario = $2.500.000 / 30 = $83.333

Indemnización = $83.333 x 15 = $1.250.000

¡Más que los propios intereses!

Con AppTiempo, el sistema te calcula automáticamente los intereses de cada empleado y te genera el reporte listo para pagar.

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