¿Sabías que si no pagas los intereses de cesantías a tiempo puedes terminar pagando el doble? La sanción por mora es una de las más costosas en derecho laboral colombiano. Te explicamos cómo evitarla.
La fecha límite: 31 de enero
El empleador debe pagar los intereses de cesantías directamente al trabajador antes del 31 de enero de cada año.
¿Cuál es la sanción?
La Ley 52 de 1975 establece:
"El empleador que no pague los intereses dentro del término señalado, deberá pagar al trabajador, a título de indemnización, una suma igual al valor de las cesantías."
¡Sí, leiste bien! Si no pagas a tiempo, debes pagar como sanción el equivalente a las cesantías completas.
Ejemplo del costo de la mora
Empleado con salario mínimo + auxilio ($1.623.500):
Por no pagar $194.820 a tiempo, terminas pagando casi $2 millones.
¿Cuándo aplica la sanción?
La sanción aplica:
- Si pagas después del 31 de enero
- Si pagas un valor menor al correcto
- Si no pagas del todo
¿Cómo se calcula correctamente?
Intereses = Cesantías acumuladas x 12% x (Días trabajados / 360)
Para un empleado que trabajó todo el año:
Intereses = Cesantías x 0.12
Consejos para evitar la mora
- Calcula antes del 20 de enero: Date tiempo para revisar
- Incluye a TODOS los empleados: No olvides a nadie
- Verifica los montos: Errores en el cálculo también generan sanción
- Paga con comprobante: Necesitas evidencia de la fecha de pago
- Usa software de nómina: Automatiza el cálculo
¿Qué hacer si ya pasó la fecha?
Si ya se te pasó el 31 de enero:
- Paga inmediatamente los intereses
- Documenta la fecha de pago
- Evalúa el riesgo de demanda
- Considera llegar a un acuerdo con el trabajador
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En AppTiempo calculamos automáticamente los intereses de cesantías y te alertamos antes del 31 de enero. Nunca más pagarás sanciones por olvido.