¿Sabías que si te pasas del 31 de enero pagando los intereses de cesantías, la ley te obliga a pagarlos dos veces? Así de serio es.
¿Cuál es la sanción exacta?
Según la Ley 52 de 1975 (art. 1, num. 3) y el Decreto 116 de 1976 (art. 5), si no pagas los intereses de cesantías a tiempo, la sanción es:
Una suma adicional igual al valor de los intereses adeudados
Esa suma se le paga al trabajador, además de los intereses.
Ejemplo de lo que puede costarte
Supongamos que tienes un empleado con salario de $2.000.000 que trabajó todo 2025. Como gana menos de 2 salarios mínimos, sus cesantías incluyen el auxilio de transporte de $200.000:
Cesantías: $2.200.000
Intereses (12 %): $2.200.000 x 12 % = $264.000
Si pagas tarde: $264.000 de intereses + $264.000 de sanción = $528.000
¿Y si tengo 50 empleados?
Ahí es donde duele de verdad. Con 50 empleados en la misma situación:
$264.000 x 50 empleados = $13.200.000 de intereses, más $13.200.000 de sanción
No lo confundas con la mora en la consignación
La sanción de un día de salario por cada día de retraso existe, pero es la de no consignar las cesantías al fondo antes del 14 de febrero (Ley 50 de 1990, art. 99, num. 3). No es la de los intereses.
¿Cómo evitar la sanción?
- Calcula con tiempo: No esperes al 30 de enero
- Automatiza: Un software de nómina calcula los intereses y te muestra qué falta por pagar
- Verifica dos veces: Revisa que todos los empleados estén incluidos
- Documenta: Guarda comprobantes de pago por si hay reclamaciones
¿Qué pasa si el empleado ya no trabaja conmigo?
Si un empleado renunció o fue despedido en 2025, los intereses de cesantías se le debieron pagar en su liquidación final. Si no lo hiciste, siguen adeudados y pueden dar lugar a la indemnización moratoria del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
Fechas clave
- 31 de enero: Deadline para intereses de cesantías
- 14 de febrero: Deadline para consignar cesantías al fondo
No confundas estas dos obligaciones. Son pagos diferentes a destinatarios diferentes.
¿Todavía calculas cesantías en Excel? Con AppTiempo calculas las cesantías y sus intereses, y ves el estado de cumplimiento frente a cada fecha límite. Conoce cómo funciona.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la sanción exacta por pagar tarde los intereses de cesantías?
Una suma adicional igual al valor de los intereses adeudados, que se paga al trabajador junto con los intereses (Ley 52 de 1975, art. 1, num. 3, y Decreto 116 de 1976, art. 5).
¿Qué pasa si el empleado ya no trabaja conmigo?
Si un empleado renunció o fue despedido, los intereses de cesantías se le debieron pagar en su liquidación final. Si no se pagaron, siguen adeudados y pueden dar lugar a la indemnización moratoria del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.